CONDICIONES COMERCIALES GENERALES

La sociedad PSEnergia s.l. y PSE GLOBAL s.a. con domicilio Na bielenisku 4, 902 01 Pezinok, República Eslovaca expide de acuerdo con las disposiciones del Código de Comercio nᵒ 513/1991 del Boletín Oficial del Estado, Las Condiciones Comerciales Generales (en adelante „CCGPSE“), que regulan las relaciones comerciales entre la sociedad PSEnergia s.l., PSEnergia de Venezuela o PSE GLOBAL s.a. cómo „parte vendedora“ y otra parte contractual cómo „parte compradora“. Las relaciones jurídicas y el contenido de cada relación comercial individual siguen estas CCG-PSE o contrato de obra correspondiente, o contrato de compra, o contrato de suministro de producto (en adelante „contrato“) concluido entre la parte vendedora y la parte compradora, o en tal caso mediante una confirmación del pedido. En caso de no seguir las reglas de las relaciones comerciales con el socio comercial mediante alguna de las formas anteriormente mencionadas, estos se rigen por los preceptos legales vigentes de la República Eslovaca, principalmente por el Código de Comercio nᵒ 513/1991. Las partes vendedora y compradora pueden acordar entre sí dentro del contrato u otro tipo de acuerdo legalmente concluido, derechos y obligaciones particulares diferentes a las disposicones de CCG-PSE. Las disposiciones del contrato u otro tipo de acuerdo se anteponen a las disposiciones de estas CCG-PSE.

Art.1. CONDICIONES DEL OBJETO DE CUMPLIMIENTO

  • 1. Pedido o conclusión del contrato La parte vendedora sumunistrará la mercancía, o realizará la obra en base a un pedido escrito de la parte compradora confirmada por la parte vendedora, o en base al contrato firmado por ambas partes. La confirmación de pedido aceptada por ambas partes tiene la misma validez de un contrato contraido entre la parte vendedora y la parte compradora.
  • 2. Forman parte del pedido o contrato el nombre comercial, domicilio comercial de la parte compradora, nombre y contacto de la persona con poderes otorgados por parte del comprador para actuar en representación en el asunto, especificación exacta del tipo y cantidad de la mercancía y ámbito de trabajos solicitados, la fecha de suministro requerida, forma y lugar del suministro de la mercancía (de acuerdo con INCOTERMS 2010), su precio y forma de pago por el suministro de la mercancía y por el trabajo desarrollado.
  • 3. Los datos contenidos en la aceptación escrita del pedido o en el contrato firmado por ambas partes entre la parte vendedora y la parte compradora son obligatorios. Cualquiera de los acuerdos enlazados u otra forma de acuerdos tienen que realizarse exclusivamente por escrito y estar confirmadas por ambas partes contractuales de forma escrita.
  • 4. La parte compradora puede requerir por escrito un cambio en el contenido del suministro y este cambio es obligatorio para la parte vendedora sólo si ésta la acepta por escrito. El tiempo del suministro lo puede cambiar la parte vendedora de forma adecuada teniendo en cuenta las circunstancias, y eso de manera escrita dentro de dicha confirmación del cambio de suministro. La ejecución de los cambios y arreglos en la mercancía y suministros la ejercerá la parte vendedora a cuenta de la parte compradora.
  • 5. La parte vendedora se reserva el derecho de efectuar cambios en la construcción y realización de la obra, si éstos no representan efectos esenciales en la funcionalidad del dispositivo suministrado y la parte vendedora avisa de antemano a la parte compradora sobre dichos cambios.
  • 6. La parte vendedora tiene derecho de rescindir el contrato o pedido en cualquier momento. En tal caso la parte compradora tiene derecho a una compensación de los gastos realmente ocasionados y demostrados por escrito. Estos derechos se refieren sólo a gastos directos ocasionados. En ningún caso la parte vendedora compensará los derechos indirectos creados por la pérdida de las ganancias del comprador, las pérdidas del contrato con terceros y demás.
  • 7. El pedido confirmado o el contrato es obligatorio para la parte compradora.En caso de cancelación de pedido o de rescisión del contrato por la parte compradora, el comprador está obligado a pagar a la parte vendedora un 40 % del precio de compra acordado.

Art.2. CONDICIONES DE SUMINISTRO

  • 1. La parte vendedora suministrará la mercancía o realizará la obra en ámbito, cantidad y calidad según el pedido confirmado, o contrato en tiempo acordado y lugar del cumplimiento según las normas Incoterms 2010, editadas por la Cámara de Comercio Internacional en París. El lugar del cumplimiento es el domicilio social de la parte vendedora si no se expresa de otra manera en el pedido o en el contrato.
  • 2. Al término de la obra la parte vendedora está obligada a llamar a la parte compradora para su entrega en término y lugar del cumplimiento.
  • 3. La parte compradora se compromete a asumir la obra realizada de manera reglamentaria, a tiempo según el acuerdo, en caso contrario esta obligado a pagar al vendedor todos los gastos y perjuicios ocasionados en consecuencia de la no asunción de la obra. Los derechos y responsabilidades de transporte pasan del vendedor al comprador en el momento de la entrega de la mercancía o del dispositivo al primer transportista.
  • 4. La parte vendedora está obligada a embalar la mercancía por cuenta propia de manera estándar para impedir su daño o desvalorización durante el transporte.
  • 5. La parte vendedora esta obligada a expedir y entregar a la parte compradora el protocolo de entrega del dispositivo y los demás documentos imprescindibles para la entrega correcta y uso del objeto de la obra. El comprador se compromete a asumir el cumplimiento de la obra parcial.
  • 6. La parte compradora se obliga, después de entregada la obra, a verificar de manera debida su calidad, defectos aparentes, suponiendo que puedan ser apreciables mediante una inspección ocular. También como defectos del objeto de la obra se considerarán aquellos defectos que estén relacionados con su fabricación y/o con su funcionamiento. El comprador se obliga a marcar los defectos aparentes dentro de un plazo máximo de cinco días desde su suministro y entregar al vendedor su lista sin más demora.
  • 7. En caso de que el vendedor no es capaz de hacer la entrega de la mercancía en fechas del suministro por causas ajenas, este plazo se alarga de manera consecuente con el tiempo de duración de las causas ajenas. El vendedor, en principio, si cabe la posibilidad, está obligado a informar sobre estos hechos al comprador junto con el plazo previsible de la entrega de mercancía o dispositivo. Si se hace imposible la entrega de mercancía a la parte compradora por una causa mayor, la obligación de entregar la mercancía al comprador pierde validez sin derechos a la indemnización.
  • 8. La parte vendedora mantiene sus derechos de dueño y autor con respecto a la documentación técnica y de proyecto y a los demás documentos ligados a la venta de la mercancía y eso sin derecho a réplica. El comprador no está autorizado a copiar ni multiplicar ningún material o documentación relacionada con el objeto de la obra para el uso de terceros.

Art. 3. OBLIGACIONES DE LA PARTE COMPRADORA

  • 1. El comprador está obligado a entregarle al vendedor todos los materiales, la documentación o proyectos necesarios para la ejecución de obra en un plazo máximo al día de la aceptación de pedido o a la firma del contrato de obra.
  • 2. El comprador se compromete a asumir la obra o mercancías realizadas, pagará el precio acordado y facilitará al vendedor la interacción mutua acordada.

Art. 4. PRECIO DE LA OBRA Y CONDICIONES DE PAGO

  • 1. El precio de la obra está tasado en la aceptación de pedido o en contrato. Los precios están acordados en los listados de ofertas o de precios que se indican sin el IVA, si no se acuerda de otra manera.
  • 2. El vendedor se guarda el derecho a acordar precios y condiciones de pago para cada contrato o pedido por separado.
  • 3. En caso de generarse otros trabajos al vendedor durante la realización de los trabajos para un pedido en concreto, clasificados como trabajos fuera del ámbito de los trabajos acordados en un contrato o pedido, las partes contratantes acordarán el volumen y precio y su acuerdo lo firman por escrito.
  • 4. En el precio no están incluidos los gastos del comprador por transporte de suministro de materiales para la fabricación del objeto de la obra y de transporte al lugar señalado y su descarga en los establecimientos.
  • 5. El precio de la obra se considera pagado en el momento de la carga del importe en la cuenta del vendedor o con el saldo en el suministro de la mercancía (de acuerdo a Incoterms 2010) mediante la carga de rendimientos de crédito internaciona.
  • 6. El comprador se compromete de pagarle al vendedor un anticipo en factura emitida por el vendedor de antemano, es decir antes del comienzo de la fabricación de mercancía o de dispositivo. En caso de que el comprador no le abone al vendedor el anticipo en factura, éste tiene derecho a la cancelación de contrato o pedido.El comprador está obligado a abonarle al vendedor intereses por demora y los gastos ocasionados por demora en pagos o cancelación de suministro.
  • 7. El precio de compra de mercancía es pagadera en Euros. El vendedor emite al comprador un documento de pago por el importe de compra de mercancía y trabajo según lo dispuesto en las leyes y preceptos fiscales vigentes de la República Eslovaca y la UE.
  • 8. Si la fecha de pago del documento de pago no está fijada en contrato o en pedido, la fecha de pago se establece a los 14 días después de la entrega de mercancía o trabajo.
  • 9. El comprador no tiene derecho a ceder los derechos de deuda contraídos con el vendedor a terceros sin una autorización escrita previa del vendedor.
  • 10. En caso de que el comprador incumpliere con sus obligaciones de pago de anticipo establecidas en contrato o en pedido confirmado, no pagase a tiempo de forma debida, el vendedor está autorizado a suspender el suministro de mercancía hasta la fecha de satifsacción del anticipo por parte de comprador o hasta rescindir el contrato. El comprador aparte de los interes de demora se obliga al pago de gastos ocasionados por demora o cancelación del suministro.
  • 11. El vendedor se guarda el derecho de modificar el precio de forma unilateral, si dentro de plazo desde la firma del contrato a su finalización por cumplimiento de alguna de las partes contratantes, se han incrementado sus gastos bajo la influencia de modificación de los precios regulados por el Estado, impuestos, tasas, por inflación o diferencias en tipos de cambio y parecidos.

Art.5. SANCIONES

  • 1. En caso de que resultara cancelado el pedido o se rescindiera el contrato por parte del comprador, antes del plazo acordado y sin consentimiento del vendedor, el comprador está obligado a pagar una indemnización por un valor del 40% del precio de compra acordado por la mercancía.
  • 2. En caso de no haber sido satisfecha la entrega de objeto del cumplimiento por parte del comprador en un plazo máximo de 10 días desde el recibo de la apelación, el último día de este plazo la obra se considera entregada. El vendedor está autorizado a facturarle al comprador interés correspondiente al 0,1% del precio contratado por cada día de almacenamiento de mercancía.
  • 3. En caso de demora del comprador con el pago por obra, el vendedor tiene derecho a facturar intereses por demora correspondientes al 0,05% de las cantidades adeudadas de la obra por cada día de demora empezado.
  • 4. El comprador tiene derecho a facturarle al vendedor una indemnización por incumplimiento de plazo de terminación de obra de acuerdo con contrato o pedido confirmado correspondiente al 0,05% del precio de parte de la obra insatisfecha por cada día de demora, pero por un máximo correspondiente al 5% del precio de la parte insatisfecha de obra.

Art. 6. TRASPASO DE DERECHOS Y RIESGO DE DAŇOS Y PERJUICIOS

  • 1. La responsabilidad por riesgos relacionados con daños en mercancía o dispositivo durante el transporte y/u otros defectos aparentes pasa al comprador el día de su entrega. Las partes han acordado que la propiedad de la mercancía o dispositivo pasa al comprador el día en el que este efectúe todos los pagos.
  • 2. El riesgo de daños en la mercancía o dispositivo pasa a cargo del comprador en el momento de la entrega de la mercancía o dispositivo al transportista para su transporte, o en el momento de recibo de la mercancía o dispositivo por el comprador en la sede del vendedor.
  • 3. Para la exclusión de cualquier duda, el vendedor está obligado a informarle al comprador sobre los hechos que pudiesen influir en el uso de mercancía o dispositivo, principalmente pero no exclusivamente en los hechos relacionados con el montaje de mercancía o dispositivo.
  • 4. El comprador está autorizado a pedir informaciones al vendedor también en casos de dudas sobre la utilización técnica de la mercancía o dispositivo, de manera que el vendedor se compromete a facilitarle al comprador estas informaciones sin demora.

Art.7. DEFECTOS DE MERCANCÍA, PERÍODO DE GARANTÍA

  • 1. La garantía por la mercancía y trabajos realizados empieza a transcurrir a partir del momento de su entrega de acuerdo al artículo 6.
  • 2. El vendedor garantiza, que la mercancía o dispositivo entregados carezcan de defectos ocultos o defectos aparentes y cumplan con todos los requisitos técnicos, incluyendo los de seguridad y protección de salud en el lugar de empleo requeridos tanto por las leyes vigentes como por las normas técnicas vigentes.
  • 3. Si el contrato o pedido confirmado no lo establece de otra manera, el fabricante concede al comprador una garantía del producto en torno a los defectos de material o defectos por fabricación en un plazo de 12 meses de duración desde la fecha de entrega o bien a partir del día de su puesta en marcha en la sede del primer usuario, pero máximo por 18 meses a partir de la fecha de expedición desde el almacén del vendedor.
  • 4. El vendedor está obligado a informar por escrito y sin mayor demora al vendedor (reclamación) sobre los defectos6 ocultos de mercancía o dispositivo, al igual que sobre los defectos de mercancía o dispositivo por los que responde el vendedor con su garantía.
  • 5. El vendedor esta obligado a pronunciarse sobre la reclamación en un plazo de 15 días laborables desde el recibo de reclamación, o en caso de necesidad, en tiempo igual para garantizar una inspección de mercancía en sede del usuario terminal.
  • 6. En caso de una reclamación justificada, el vendedor durante el plazo de resolución sobre la justificación de reclamación decide también el plazo y modo de eliminación de defecto.
  • 7. Mientras dure la garantía, de la reposición del detalle defectuoso en el producto se encargará el centro de servicio del vendedor o un centro de servicio autorizado por él. Esto sólo será válido en caso de que la reclamación correspondiente sea aceptada como justificada, y el producto no se encuentre en el territorio de la República Eslovaca y esté instalado de forma, que no es transferible. En caso de un producto transferible, el comprador entrega el producto en la sede del vendedor con el fin de su reparación y el comprador soportará los gastos relacionados con el transporte del producto en cuestión. En caso de necesidad de que viajen personas autorizadas con el fin de realizar una inspección, reparación o cambio de la parte defectuosa del producto fuera del territorio de la República Eslovaca, los gastos de viaje, precio de mano de obra y gastos de alojamiento del personal de vendedor correrán a cuenta del comprador.
  • 8. A todas las piezas cambiadas o reparadas, o componentes del producto, que cubre la garantía, se transfiere el periodo restante de garantía de las piezas originales o componentes del producto.
  • 9. El tiempo de garantía se alarga por el tiempo durante el cual el producto haya estado dentro del plazo válido de reparación por garantía, y no pudo ser utilizado durante la validez de esa garantía.
  • 10. Cualquier responsabilidad sobre gastos, daños, pérdidas directas o indirectas por parte del comprador, resultantes de uso de productos, o de su no funcionalidad parcial o total, está excluida.
  • 11. Se obliga al comprador a proporcionar cooperación imprescindible para el ejercicio de servicio de garantía y después de realizar trabajos en plazo de garantía, tomar arreglos de servicio, modificaciones y mantenimiento del vendedor, considerando que estos hayan sido realizados de manera correcta y debida, de acuerdo con los requisitos técnicos. En caso de demostrarse, que el defecto de mercancía o dispositivo haya sido ocasionado de manera diferente como defecto propio, estos no formarán parte de los servicios de garantía y el vendedor tendrá que valorar y proponer al comprador los gastos necesarios y proporcionados para su reposición, arreglos y/ o mantenimiento.
  • 12. Las partes contratantes toman en cuenta que el montaje de la mercancía o dispositivo en lugar señalado no forma parte del precio contratado, por lo tanto para el transcurso del periodo de garantía no es decisivo, si el montaje de la mercancía o dispositivo fue ejecutado por el vendedor u otro sujeto autorizado para desarrollar este tipo de trabajos y que posee a su vez la cualificación y experiencias necesarias para tales actividades.
  • 13. La garantía no será válida, si la mercancía o dispositivo no están instalados de manera correcta y en consecuencia no cumple con parámetros técnicos prescritos por tanto rompe con las condiciones para su uso correcto, o en tal caso de manera demostrable no sigue los “Modos de manipulación y mantenimiento” tanto cómo “Instrucciones de manejo” y puede llevar a un deterioro por cualquier causa de fuerza mayor irrevocable (catástrofe natural).

Art. 8. OTROS

  • 1. Las partes contratantes se comprometen, que adoptarán medidas y dirigirán sus actividades de manera que no se llegue a la suspensión, revocación o cancelación de licencias y permisos para fabricación de mercancías y dispositivos, y en tal caso, tendrán presente que cabe la opción de un procedimiento administrativo o judicial por parte de los órganos estatales u otros sujetos (privados), y que van a informar a la parte contraria sobre estos hechos sin demora y adoptarán medidas para la protección del suministro de las mercancías o dispositivos y su aceptación final.
  • 2. Cada parte se hace responsable de su política fiscal, aduanas, de acuerdo con las normas fiscales de su país.
  • 3. En cumplimiento de las obligaciones que surgen de estas condiciones, las partes contratantes se comprometen a mantener y cumplir con los principios de una actuación honesta y una negociación honrada.

Art. 9. CONCLUSIONES

  • 1. Las condiciones comerciales generales presentes son reglamentarias a partir del día 01/07/2015 y forman parte indivisible de cada contrato o pedido.
  • 2. Las partes contratantes acuerdan guardar el secreto comercial de la parte contraria contratante, que les haya sido otorgado mediante cumplimiento de objeto de contrato o pedido, incluso a la terminación del contrato.
  • 3. El comprador está obligado a informar al vendedor sobre los cambios relevantes en la inscripción del Registro mercantil, sobre el cambio de la forma jurídica empresarial, su división, unión o fusión con otro sujeto y se encargará del traspaso de los derechos y obligaciones resultantes de la relación contractual actual hacia el sujeto sucesorio.
  • 4. En caso de declarar liquidación, y/o quiebra y/o embargo de bienes del comprador, el vendedor tiene derecho a rescindir el contrato unilateralmente, facturarle al comprador trabajos realizados y aplicar derecho de bloqueo de objeto de obra, que corresponde a la relación actual contratada.
  • 5. Cualquier disputa o diferencias surgidas entre las partes, éstas se encuentran sometidas principalmente a ellas mismas, en caso de no llegar a un acuerdo, estas Condiciones comerciales generales se ven sometidas a la jurisdicción y competencia exclusiva de las leyes de la República Eslovaca, principalmente por los preceptos de ley nᵒ 531/1991 del Código de Comercio en sus alegaciones posteriores.
  • 6. En caso de cualquier disputa el procedimiento legal se regirá por la aplicación de la ley nᵒ 99/1963 del Código de Procedimiento Legal en sus preceptos posteriores.
  • 7. El idioma decisivo en las relaciones legales entre las partes contratantes será el idioma español.
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